El Gobierno está estudiando facilitar que los beneficiarios de la prestación de maternidad de los últimos años puedan reclamar ágilmente los impuestos pagados por ella, después del que el Tribunal Supremo aclarara la pasada semana que esta asignación no debe tributar por IRPF.
Para ello, según confirman fuentes oficiales a este diario, la Agencia Tributaria trabaja en el diseño de un formulario específico que permita a quienes cobraran esta prestación entre 2014 y 2017 rectificar su declaración de la renta correspondiente a dichos años a fin de que Hacienda les devuelva los importes abonados.
El plazo está constreñido a esos cuatro años porque ese es plazo tras el que vence el derecho de los contribuyentes a solicitar una rectificación de la autoliquidación de sus declaraciones de la renta.
Para quienes hayan percibido la prestación de maternidad en 2018, no hará falta realizar trámite alguno pues esta asignación quedará exenta del IRPF en la campaña de la renta de la próxima primavera y el Estado dejará de recaudar por ella.
En los últimos días, la Agencia Tributaria ha solicitado a la Seguridad Social los 900.000 certificados de beneficiarios de la prestación de maternidad desde 2014 a 2017, lo que facilitaría que Hacienda identifique a los contribuyentes a los que debe devolver el dinero sin que estos tengan que aportar la documentación acreditativa.
Es por todo ello que, salvo en aquellos supuestos en los que se esté a punto de llegar a los cuatro años desde que se inició la percepción de la prestación por maternidad, nuestra recomendación es la de esperar a que se establezca de un modo definitivo el procedimiento más ágil y sencillo de solicitud de reintegro de tales retenciones a cuenta del IRPF.