Aunque no hay datos muy fiables sobre el número de afectados, a los juzgados especializados en cláusulas bancarias, ya desbordados con las demandas por las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios, se les acumula el trabajo. Esta misma semana el Tribunal Supremo les ha enviado una nueva remesa al dar la razón a los afectados en una contundente sentencia sobre las hipotecas multidivisa. Esto podría abrir las compuertas a un nuevo aluvión en el pleno que se va a celebrar para pronunciarse sobre el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).
 
En este caso el conflicto radica en el indicador que durante muchos años, sobre todo en los previos a la crisis, aplicaron varias entidades como alternativa al euribor y que se mantiene históricamente entre uno y tres puntos por encima de éste, con un coste extra mensual en la cuota.
 
El IRPH es un índice oficial del Banco de España y, por tanto, legal. La clave del debate reside en si se incorporó de forma transparente en el contrato hipotecario; es decir, si la entidad explicó a su cliente sus peculiaridades y su evolución por encima de otras alternativas como el Euribor, o si se limitó a alabar sus virtudes escudándose en su presunta “estabilidad”.
 
Lo que está claro es que si el Tribunal Supremo acaba dando la razón a los demandantes llegará una avalancha de reclamaciones, con el agravante de que su anulación puede derivar en que la entidad sea condenada a devolver todos los intereses cobrados y renunciar a los que le quedan por cobrar en el futuro.