Una sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 15 de junio de 2016 reitera que no es válido el sistema de retribución variable por objetivos cuando la empresa no comunica a los trabajadores y a sus representantes legales los concretos objetivos a alcanzar, no siendo válido hacerlo con posterioridad al transcurso del período de tiempo durante el que debieron lograrse. Por ello, condena a la empresa al abono del variable aunque no se alcanzaran los objetivos.​