En su sentencia de fecha 25 de junio de 2025 el Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo, aplicando el criterio sentado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia del pasado 15 de mayo de 2025 unifica doctrina declarando que el complemento para la reducción de la brecha de género del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en la redacción derivada del Real Decreto-Ley 3/2021, debe ser satisfecho a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres, por considerar que aquel artículo 60 LGSS establece requisitos adicionales a los hombres con uno/a o más hijos/as, lo que constituye discriminación directa por razón de sexo que contraviene lo dispuesto en la Directiva 79/7/CEE del Consejo de 19 de diciembre de 1978 relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, así como la jurisprudencia del TJUE que la interpreta.