El Pleno del Tribunal Supremo, aunque con un voto particular, en sentencia de 5 de julio de 2022 denegó el permiso de paternidad por nacimiento y cuidado de menor al padre de un bebé nacido muerto a las 39 semanas de gestación, a pesar de que el permiso sí se reconoció en su integridad a la madre, por entender que la Ley establece una finalidad del permiso diferente en ambos casos.
 
Así, la protección de la salud de la madre, en un caso, y, en el otro, el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el art.68 del Código Civil, que establece que los cónyuges deben compartir las responsabilidadesde atención a los descendientes. En casos como el analizado, en que el hijo nace muerto, sigue existiendo la necesidad de recuperar y proteger la salud de la madre biológica pero, sin embargo, deja de existir la necesidad de que el progenitor distinto a la madre biológica se haga corresponsable de la atención al descendiente (art.48.4 Estatuto de los Trabajadores).
 
Además, el desarrollo reglamentario permite que en estos supuestos se reconozca la prestación por “maternidad”, ya que en el supuesto de fallecimiento del hijo la duración de la prestación económica no se ve reducida. Por el contrario, la misma norma establece que no puede reconocerse el subsidio por “paternidad” si el hijo fallece antes del inicio de la suspensión del contrato de trabajo, motivo por el que el Alto Tribunal considera que la denegación del permiso al padre no es contraria al derecho a la igualdad, puesto que siendo las finalidades distintas, el legislador no está obligado a dar el mismo tratamiento a las prestaciones por “maternidad” y por “paternidad” en el caso del nacimiento sin vida ocurrido tras 39 semanas y tres días de gestación.