Ser formalmente citado a declarar en un juicio, ya sea como acusado o como testigo, constituye un deber inexcusable de carácter público y personal, tanto en los procedimientos penales, como civiles y laborales, por lo que da derecho al permiso retribuido.
 
Debidamente acreditada la citación judicial del trabajador la empresa no puede denegar el permiso, cuya duración será por el tiempo necesario para el cumplimiento de ese deber de comparecencia, si bien puede exigirle que exhiba la pertinente cédula de citación judicial.