Como es sabido, la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, introdujo la obligación a las empresas que cuentan con 50 o más personas trabajadoras en plantilla de tener que implantar un sistema para la recepción y tratamiento de denuncias, dotándose a tal efecto de un canal de denuncias y designando un responsable con la función de velar por su correcto funcionamiento.

Pues bien, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria única del Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), transcurridos dos meses desde su puesta en funcionamiento se inicia un plazo de dos meses para comunicar a dicha nueva Autoridad el nombramiento del Responsable del Sistema interno de información, plazo de dos meses que ha comenzado a computar desde el 10 de febrero de 2026,  comunicación que deberá también realizarse a las autoridades autonómicas correspondientes que dispongan de un organismo análogo al estatal. 

Con objeto de facilitarles el cumplimiento de esa enésima nueva obligación les adjuntamos la Guía editada por la propia Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.)