Un conductor fue sancionado por dar positivo en drogas a una multa de 1.000 euros y pérdida de 6 puntos del carnet de conducir. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante estimó su recurso debido a que el análisis de saliva fue realizado en un laboratorio privado, apreciando el Juez la “absoluta falta de garantías procesales” para la cadena de custodia que supone la externalización del servicio de análisis de estas muestras biológicas.
 
La potestad sancionadora correspondiente a la Administración es “indelegable”, “mucho menos a favor de un tercero o de un particular privado”, recoge la sentencia.
 
Considera el Juzgado que la cadena de custodia se rompe en el momento en que la muestra sale del ámbito público. El análisis en un laboratorio privado de las muestras tomadas al conductor “carece absolutamente de la presunción de legalidad y certeza que tendría si se hubiera hecho por un laboratorio oficial dependiente de la Administración Pública”.