El Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas, en su sentencia de 25 de julio de 2017, declara el derecho de una trabajadora a ocupar un puesto con preferencia a un candidato varón inicialmente seleccionado, para el que ambos tenían mérito​s similares, al comprobar que la empresa había ignorado las medidas para la igualdad contempladas en su propio convenio y que, entre otras cosas, obligan a aumentar la presencia de mujeres en los puestos con menos representación femenina, como era el caso.