La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 estableció la​ mejora de la pensión de viudedad para las personas de 65 o más años con recursos limitados que recogía la disposición adicional 30ª de la Ley 27/2011, lo que supuso elevar el porcentaje aplicable del 52% al 56% a partir del 1de agosto de 2018.
 
A partir del 1 de enero 2019, el porcentaje será del 60% siempre y cuando las personas benefici​arias cumplan con los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido una edad igual o superior a 65 años;
  • No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera;
  • No percibir ingresos por la realización de trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena;
  • Carecer de rendimientos o rentas superiores al límite de ingresos establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.​